El ex director general de la empresa petrolera de Guinea Ecuatorial (Gepetrol) Cándido Nsué Okomo ha presentado en la Audiencia Nacional un dictamen jurídico con el que trata de convencer a la jueza María Tardón, que sustituye a su compañero Manuel García Castellón tras su jubilación, de que los pagos por los que permanece imputado en una pieza separada del caso Villarejo no son comisiones ilegales, según se desprende del documento firmado el pasado 21 de julio, al que ha tenido acceso esta redacción.
Nsué Okomo reconoció en una declaración celebrada en la Audiencia Nacional que el comisario jubilado José Manuel Villarejo recibió 5,3 millones de euros para que desplegara una supuesta «campaña» de apoyo al presidente del país africano y su régimen. El sumario concluye, por el contrario, que en concreto pretendían favorecer a Teodoro Nguema Obiang, conocido como Teodorín, que es primogénito del mandatario guineano.
El dictamen, que ha sido aportado a la Audiencia Nacional por la defensa de este cuñado del dictador guineano, Teodoro Obiang Nguema, establece que incluso si los hechos fueran ilícitos en aquella época, en realidad no lo eran porque no estaban tipificados como delito. Por eso, destaca, las consideradas por la Fiscalía Anticorrupción como comisiones ilegales, en realidad serían pagos lícitos en virtud de la legislación de este país africano.
«En el periodo concernido no existía en la legislación penal de la República de Guinea Ecuatorial un tipo penal equivalente al de corrupción en los negocios internacionales del Código Penal español», indica de forma literal el dictamen firmado por la abogada guineana Talita Diana Esono Mangue, que concluye: «Aunque los hechos investigados fuesen hipotéticamente delito en España no lo eran en Guinea Ecuatorial», por lo que no podrían considerarse «ilícitos los fondos (bonus o comisiones) recibidos».
Comisión por decreto
De hecho, prosigue el documento aportado al juzgado, «con la finalidad de mejorar la calidad de vida y la participación de ecuatoguineanos en el capital de las empresas extranjeras», el Gobierno de Malabo aprobó en 2018 un decreto, que de forma literal establece: «Las sociedades o empresas extranjeras que se instalen en el país en virtud de un contrato de obras públicas, concertarán con los nacionales acuerdos de participación de los beneficios en los mercados e inversiones públicas que realizan en el país mediante el establecimiento de un coeficiente nacional (comisión o bonus) que oscila entre el 5% y el 10% sobre los beneficios netos«.
Esta normativa se traduce, según el dictamen de la letrada Talita Diana Esono Mangue, que trabaja en el CCEIBank GE, el principal banco de la antigua colonia española, «en la legalidad de cobrar primas por cualquier persona física ecuatoguineana que consiga inversiones de empresas extranjeras que se instalen en el país».
«Bonus» o comisiones
Asimismo, la defensa del cuñado del dictador guineano ha aportado a la jueza Tardón un certificado firmado por un directivo de la empresa pública del petróleo (Gepetrol) que evidencia que la cuenta de la que salen las supuestas comisiones por las que está imputado en la Audiencia Nacional Cándido Nsué Okomo, que denomina «bonus», pertenece a esta compañía gubernamental.
Y que cualquier pago que se haga desde esta cuenta «exige la firma de los ministros de Hacienda y Presupuestos y Tesorería y Patrimonio del Estado, además de la de la presidenta de Gepetrol». Por eso, concluye la defensa del cuñado del dictador, los fondos no fueron hurtados al Estado, sino que se habrían abonado de manera «lícita» y con conocimiento del régimen.
Noticia publicada por El Periódico de España. El diario redifusor BNN ÁFRICA no ha participado en su redacción.